REPÚBLICA DOMINICANA - Importación de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono, Sustancias listadas en el Protocolo de Montreal sobre Sustancias Agotadoras del Ozono
ID del Estudio | DOM-MIMARENA-SAO-2011-2013-1.0 |
Año | 2011 |
País | REPÚBLICA DOMINICANA |
Productor(es) | MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Financiamiento | Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal - - Financiamiento total |
Colección(es) | |
Metadatos | Descargar DDI Descargar RDF |
Sitio Web de la operación estadística |
Creado el | 24 Mar, 2017 |
Última modificación | 24 Mar, 2017 |
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Información general
Identificación
DOM-MIMARENA-SAO-2011-2013-1.0 |
Versión
2.0Información general
La Operación Estadística sobre "Importación de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono" se refiere al registro de todas las importaciones de las sustancias listadas por el Protocolo de Montreal como Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO).El objetivo principal de la recolección, depuración y registro de esta información es dar cumplimiento a los acuerdos asumidos por el país ante el Protocolo de Montreal, a los fines de controlar y posteriormente eliminar el uso de Sustancias Agotadoras de la Capa de Ozono (SAO) y al mismo tiempo evitar el contrabando de estas sustancias.
El Programa Nacional de Ozono (PRONAOZ) del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) recibe por parte del Departamento de Aduanas Verdes, de la Dirección General de Aduanas (DGA), datos sobre la importación de las sustancias no controladas, así como de los indicadores de la sustitución de las SAO, incluidas en un archivo de Microsoft Excel con tablas pivotel. Además recibe tablas pivote en Microsoft Excel sobre la importación de las sustancias sustitutas del Bromuro de Metilo, datos suministrados por la Asociación de Fabricantes, Representantes e Importadores de Productos para la Protección de Cultivos (AFIPA). Hasta la fecha la República Dominicana ha logrado eliminar el uso de Bromuro de Metilo como fumigante agrícola en la plantación de flores, tabacos y melones en un 100%, así como también el uso de halones y la eliminación total del uso de clorofluorocarburos (CFC´s).
Ambos registros son remitidos en tablas pivote de Microsoft Excel al Programa Nacional de Ozono (PRONAOZ) del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales para un posterior registro, revisión, depuración, validación y consolidación de los datos.
El Programa Nacional de Ozono (PRONAOZ) es la unidad ejecutora del Programa País para la protección de la capa de ozono en la República Dominicana, opera desde el Viceministerio de Gestión Ambiental del Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA). La misma vela porque haya consistencia en los datos y además sirve para validar y consolidar los mismos.
El Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MIMARENA) a través del Programa Nacional de Ozono (PRONOAOZ) tiene establecido un registro de importadores autorizados a importar Sustancias Agotadoras de las Capa de Ozono (SAO), tomando como base las empresas que durante los años 2009, 2010 y 2011 importaron sustancias agotadoras de la capa de ozono. MIMARENA remite una copia de dicho registro actualizado a la Dirección General de Aduanas (DGA) para fines de seguimiento y control.
Toda persona física o jurídica, incluida en el registro de importadores de SAO, en correspondencia con las cuotas asignadas, está obligada a obtener una autorización ambiental para la realización de cualquier operación de importación, y mezclas que las contengan, así como de equipos o tecnologías que las utilicen, que otorgará el MIMARENA. Los niveles de importación de las SAO´S no podrán exceder los valores de importación correspondientes a los promedios de los años 2009, 2010 y 2011. AFIPA trabaja de manera autónoma al PRONAOZ por lo que no necesita hacer uso de la referida autorización ambiental.
MIMARENA a través del Programa Nacional de Ozono (PRONOAOZ) establecerá un sistema de cuotas para importadores autorizados a importar SAO. Para la asignación de estas cuotas se tomará como base el promedio de las importaciones de SAO realizadas por las empresas durante los años 2009, 2010 y 2011. MIMARENA a través del PRONAOZ establecerá las cuotas anuales a nivel nacional de importación de las SAO´S, comunicándolas a la DGA para su debido conocimiento y control coordinado con el PRONAOZ.
Dependiento de la cantidad de sustancias cargadas de la cuota permitida el importador remite el formulario sobre importación de sustancias agotadoras de la capa de ozono, una carta timbrada de la empresa solicitando la autorización de la factura y el contrato de envío entre un cargador (el consignador) para depositar una carga a un portador o entregar en otra parte (el consignatario) o bill of landing de la importación.
Mediante cruces de información con la Declaración Única Aduanera (DUA) y la autorización ambiental para la realización de cualquier operación de importación de las sustancias y mezclas que contengan SAO, así como de equipos o tecnologías que las utilicen emitida por MIMARENA, el PRONAOZ depura y valida los datos contenidos en las tablas pivote en Microsoft Excel suministrados por la DGA. Luego crea una nueva y única tabla Microsoft Excel ya validada, depurada y consolidada, tabla a la cual queda incorporada la cuota máxima admitida de SAO en el país para cada importador emitida por MIMARENA y los datos sobre importación de los sustitutos de Bromuro de Metilo, emitida por AFIPA.
La Declaración Única Aduanera, la cual fortalece el control aduanero en todas las operaciones de Comercio Internacional (Importación y Exportación) y compila las informaciones estadísticas correspondientes, contiene, entre otras cosas, una declaración de la mercancía importada o exportada con el número, código arancelario, detalle, producto orgánico (si/no), país de origen, cantidad, unidad, peso y valor FOB (US$) de la referida mercancía importada o exportada; mientras que la autorización ambiental emitida por MIMARENA contienen el nombre o razón social del importador, cantidad de las SAO a importar en kilogramos, país de origen de la SAO, empresa origen de la SAO, el nombre del puerto o frontera de entrada al país, el número de la colecturía de aduana, la fecha en que se realizará la importación y otra información que MIMARENA estime conveniente.
Los cruces de información son realizados a los fines de confirmar que no existan discrepancias entre los datos.
En caso de que PRONAOZ identifique cualquier discrepancia entre los datos, procede a ponerse en contacto con la DGA, a fin de confirmar o modificar el dato discrepante. Además, el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales realiza visitas e inspecciones que se estimen convenientes para dar cumplimiento a los acuerdos asumidos por el país ante el Protocolo de Montreal.
Hasta la fecha se han ido sustituyendo aquellas sustancias agotadoras de la capa de ozono por sustancias no agotadoras. Para 2014 se busca disminuir en un 10% las sustancias agotadoras de la capa de ozono.
La unidad de medida utilizada en esta estadística es Kilogramos y toneladas PAO (Potencial de Agotamiento del Ozono).
El periodo al que se refieren los datos abarca desde el año 2011 hasta el año 2013 y la misma no se encuentra disponible para acceso de los usuarios.
Registros Administrativos (adm)
Importaciones y exportaciones de las sustancias que agotan la capa de ozono (Actividad productiva comercial).
Alcance temático
Control de la importación de sustancias agotadoras de la capa de ozono.Aerosoles, Banco de Halones, Bromuro de metilo, Capa de ozono estratosferica, Clorofluorocarbono, Consumo, Control, Disolventes, Embarque, Envases desechables, Espumantes, Estratósfera, Extintores, Gas Licuado de Petróleo, Halogenos, Halones, Hidrocarburos, Hidro-Cloro-Fluor-Carbono, Importación, Inhaladores de dosis media, Operador del banco de halones, Países parte del protocolo de Montreal, Potencial de agotamiento del ozono, Porceso de destrucción, Producción, Reciclado, Recuperación, Reciclaje, Regeneración, Registro histórico, Sustancia de transición, Sustancias agotadoras de la capa de ozono, Sustancias controladas recuperadas, Sustancias controladas generadas, Sustancias controladas reclamadas, Sustancias no controladas, Técnico de refrigeración y acondicionador de aire, Técnico certificado, Trasvase de halón, Tonelada PAO, Uso, Uso crítico o esencial, Usuario, Volumen máximo total de importación, Volumen máximo individual de importación
Cobertura
Nacional.Sustancias que agotan la capa de ozono que son importadas a la República Dominicana.
Productores y patrocinadores
Nombre | Dependencia |
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MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES |
Nombre | Dependencia | Rol |
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Dirección General de Aduanas | Captura de los datos | |
Asociación de Fabricantes, Representantes e Importadores de Productos para la Protección de Cultivos | Captura de los datos |
Nombre | Abreviación | Rol |
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Fondo Multilateral del Protocolo de Montreal | Financiamiento total |
Producción del metadato
Nombre | Abreviación | Dependencia | Rol |
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Solange Jiménez | Oficina Nacional de Estadística (ONE) | Documentadora | |
Gregory Mejía | Oficina Nacional de Estadística (ONE) | Documentador |